SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 256/2002-R
Fecha: 13-Mar-2002
procedente
A su turno, Virginia Maríon, Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto, informa que el juicio que se ha llevado en el Juzgado a su cargo, ha sido por lesiones graves y leves que las recurrentes han cometido en el ejercicio de sus funciones como dirigentes sindicales, pero por la pena leve impuesta a las mismas, es que solicitaron la suspensión condicional de la pena, la misma que fue declarada procedente, disponiéndose la prohibición de ejercer funciones directivas en estas asociaciones, Resolución que ha sido apelada y luego recurrida en casación, en todas las instancias ha sido la misma confirmada. Aclara que sin embargo las recurrentes, tienen todo el derecho de asociarse y también de decir su palabra a través de sus organizaciones.