Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 281/2002-R
Fecha: 15-Mar-2002
1.
1. Efectuada la audiencia pública el 10 de enero de 2002, tal como consta en el acta de fs. 6 de obrados, la parte recurrida se ratifica en la demanda y la amplía en sentido de que los procesados tienen antecedentes delictivos y por tanto no tienen moral, tan es así que robaron joyas de la “Virgen la Bella” en la Iglesia de la localidad de Arani e incluso dispararon con arma de fuego contra su persona a sangre fría, lo que determina no se les conceda libertad.