Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 320/2002-R
Fecha: 22-Mar-2002
Fragmento 4
Afirma que el estudio grafotécnico elaborado a solicitud del querellante ha determinado que su firma en los poderes de la asociación “El Gomal”, es falsa, lo que debió determinar que se archiven obrados “dando lugar a la excepción de cosa juzgada”, porque existe un proceso civil ejecutivo contra la referida empresa. No obstante de todo eso, existe un mandamiento de aprehensión en su contra, expedido en 2 de octubre de 1996, que se pretende ejecutar.