Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 329/2002-R
Fecha: 25-Mar-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado; 7-8ª y 93 de la Ley N° 1836, con los fundamentos precedentes APRUEBA la Resolución de fs. 9 de 9 de febrero de 2002, pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de El Alto.