Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 418/2002-R
Fecha: 15-Abr-2002
1.
1. Que, el 15 de agosto de 2001, el Tribunal de Procesos Disciplinarios del SEDUCA en aplicación de los arts. 59, 60, 61, 62-IV y 63 del Reglamento aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 062/00 dicta auto de apertura de proceso contra la recurrente, señalando día y hora de audiencia para su declaración informativa a fin de responder a la denuncia sentada en su contra “por la supuesta comisión de falsedad en los datos del SIE” (fs. 56), acto que se celebró el 27 de agosto de 2001 con la asistencia de la abogada de la recurrente (fs. 59 a 63).