Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 466/2002-R
Fecha: 17-Abr-2002
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso, con el fundamento de que la autoridad demandada incurrió en omisiones indebidas al emitir la orden de remisión de fondos de la Alcaldía a la Superintendencia de Bancos, siendo así que la Corte Superior instruyó se suspenda la emisión de mandamientos judiciales desde el 1 de diciembre de 2001, por lo que no debió librarse la misma.