Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 477/2002-R
Fecha: 24-Abr-2002
improcedente
Que, concluida la audiencia, el Tribunal del Amparo dictó Sentencia declarando improcedente el Recurso, con el siguiente fundamento: “Que al haber desaparecido los motivos legales invocados por los recurrentes en su demanda mucho antes de la presentación del recurso, se advierte que no existe violación a los derechos y garantías de los recurrentes” (sic).