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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 477/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 477/2002-R

    Fecha: 24-Abr-2002

    improcedente

    Que, concluida la audiencia, el Tribunal del Amparo dictó Sentencia declarando improcedente el Recurso, con el siguiente fundamento: “Que al haber desaparecido los motivos legales invocados por los recurrentes en su demanda mucho antes de la presentación del recurso, se advierte que no existe violación a los derechos y garantías de los recurrentes” (sic).

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • la apoderada del Alcalde recurrido informó
    • improcedente
    • (fs. 18)
    • dejar sin efecto el Auto de Demolición Nº 002/99 de 29 de julio de 1999 con referencia a la apertura del callejón
    • N° 1194/01-R de 19 de noviembre
    • POR TANTO:

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