AUTO CONSTITUCIONAL Nº 209/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 209/2002-CA

Fecha: 07-May-2002

declarados constitucionales los parágrafos II, III y IV del art. 49 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar Nº 1760

Que, por Sentencias Constitucionales Nos. 035/00 de 9 de junio de 2000 y 077/2000 de 19 de octubre de 2000 son declarados constitucionales los parágrafos II, III y IV del art. 49 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, norma impugnada a través del presente recurso.