AUTO CONSTITUCIONAL Nº 209/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 209/2002-CA

Fecha: 07-May-2002

rechaza el incidente

Que, con la respuesta de la parte contraria cursante a fs.  17  del expediente, por Auto de  21 de marzo de 2002,  el Juez Noveno de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz,  Jesús Chuquimia Zwballos, rechaza el incidente por ser manifiestamente improcedente por dos razones: la existencia de sentencia ejecutoriada dentro del presente proceso y el hecho de que el Tribunal Constitucional tiene resuelto casos similares en los que ha declarado constitucionales las normas acusadas como inconstitucionales;   Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.