Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 511/2002-R
Fecha: 02-May-2002
procedente
Que en consecuencia el Tribunal de Amparo al haber declarado procedente el Recurso, con relación a los vocales que determinaron el retiro del recurrente y la improcedencia con relación a quienes se opusieron a la destitución sin previo proceso, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado art 19 de la Ley Fundamental.