SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 518/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 518/2002-R

Fecha: 08-May-2002

IMPROCEDENTE

3.   La Resolución que sale de fs. 49-50, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) la designación de un nuevo Alcalde, efectuada por el Concejo Municipal se la hizo con la facultad conferida por el art. 47 de la Ley de Municipalidades, b) la recurrente no utilizó el recurso administrativo a que se refiere el art. 22 de la 2028, c) el Tribunal de Amparo, carece de competencia para determinar los vicios del consentimiento que existieren en la renuncia de la recurrente y d) con relación a las personas particulares recurridas, no se tiene elementos que prueben su participación en los actos presuntamente ilegales, que en todo caso ingresarían en la esfera del derecho penal.