Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 536/2002-R
Fecha: 13-May-2002
IMPROCEDENTE
2. La Resolución que sale de fs. 168-169, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) los Estatutos de la Federación, establecen sanciones a faltas y contravenciones de los dirigentes campesinos y sus afiliados, a ser impuestas por un Tribunal Disciplinario y b) los recurrentes debieron acudir al Tribunal Disciplinario o a instancias máximas superiores, no siendo el amparo sustitutivo de ningún Recurso ordinario ni extraordinario.