SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 538/2002-R
Fecha: 13-May-2002
a)
A su turno, la autoridad demandada presentó el informe que cursa a fs. 32 y a través de su abogado manifestó en audiencia: a) los esposos Ferrel Foronda, fueron dados de alta del Hospital el 06 de diciembre de 2001 en la especialidad de traumatología, b) la Sra. Foronda hasta el 27 de marzo de 2002 continuaba en tratamiento en la especialidad de urología, c) en principio estuvieron en sala común y después a solicitud de sus parientes fueron transferidos al servicio privado del Hospital, d) ninguno de los garantes de los gastos hospitalarios, han hecho un compromiso de pago, e) no se ha detenido a los pacientes, ni se ha violado derechos ni garantías de nadie, f) el Hospital jamás ha recibido una solicitud de abandono o salida, g) se deja establecido que se trata de un Hospital Público y no una cárcel y h) el 1 de abril de 2002, se instruyó la salida de los pacientes, por cuanto gozan de buena salud y desde hace tiempo tienen alta médica.