Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 553/2002-R
Fecha: 13-May-2002
Fragmento 4
El representante del Ministerio Público requiere porque se declare procedente el Recurso con el argumento de que si bien en contra de la recurrente se expidió un mandamiento de detención legal, pero por el transcurso del tiempo ésta se ha convertido en ilegal, más aún al no existir sentencia ejecutoriada.