Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 559/2002-R
Fecha: 13-May-2002
IMPROCEDENTE
Que, el Tribunal de Amparo declaró IMPROCEDENTE el recurso con el fundamento de haberse establecido la inexistencia de conculcación a los derechos y garantías constitucionales de los recurrentes, además de que éstos tienen expedita la vía de la revisión de sentencia señalada en el art. 421 de la Ley 1970.