SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 562/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 562/2002-R

Fecha: 21-May-2002

a)

       El procesamiento que se sigue en contra de su representado es ilegal, vulnerándose su derecho a la defensa consagrado por el art. 16-II de la Constitución Política del Estado, por cuanto: a) la denuncia siguió su curso, sin considerar que la denunciante presentó desistimiento, b) el Reglamento no tipifica como falta gravísima, grave, ni leve, el tipo penal de “violación”, c) se le ha negado información con relación al proceso que se le sigue y d) el Tribunal Disciplinario al dictar el Auto Inicial del proceso, ha usurpado funciones de los Tribunales de Justicia.

A su turno, el Promotor Fiscal recurrido expresó: a) el Tribunal Disciplinario no tiene competencia para conocer delitos, b) el proceso disciplinario que se le instaura es por faltas graves, lo que no significa un doble proceso, c) se lo notificó personalmente con el auto inicial y después brilló por su ausencia, d) no se está coartando los derechos del profesor, e) se abrió un término probatorio que no ha fenecido y f) el procesado debe agotar las instancias legales.