SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 585/2002-R
Fecha: 21-May-2002
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, disponiendo la reincorporación del recurrente como Concejal Titular ratificando al Concejo Municipal bajo la Presidencia de la recurrida Máxima Ledezma, con el fundamento de que si bien de los hechos anotados hubo restricción de sus derechos, no importa la gravedad del caso, al sólo suspender para una nueva oportunidad los recesos y excesiva susceptibilidad hace impropio el uso del Recurso, máxime si se acepta simple y llanamente la reincorporación del recurrente al Concejo Municipal con todos sus derechos y garantías.
3. Que amparada en dicho fallo que se encontraba pendiente de resolución en revisión - la Directiva convocó a la sesión de 25 de enero de 2002, en la que el Alcalde presenta su renuncia solicitando su incorporación como Concejal Titular , la que fue aceptada determinando se reincorpore en la próxima sesión a realizarse, decisión que motiva el Recurso.