Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 588/2002-R
Fecha: 21-May-2002
IMPROCEDENTE
3. La Resolución que sale de fs. 26-27, declara IMPROCEDENTE el Recurso sin costas ni multa, con los siguientes argumentos: a) no se ha vulnerado el derecho a la petición del recurrente, por cuanto éste presentó su postulación y se la admitió, aun fuera de término legal, b) tampoco se le ha privado de su derecho al trabajo, porque no se le está privando de ejercer el mismo y c) al ampliarse la convocatoria sin potestad legal, el recurrido ha cometido un acto ilegal, y al ser nulos sus actos ha conculcado derechos fundamentales, por lo que no se abre en este caso el ámbito del Amparo Constitucional.