SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 599/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 599/2002-R

Fecha: 23-May-2002

improcedente

La Sentencia de fs. 164 vta. a 165,  declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) Que el Ministerio Público requirió por la apertura y la adopción de las medidas jurisdiccionales correspondientes, habiendo cumplido la función de acusador a cabalidad; b) Que los jueces recurridos pronunciaron auto de apertura de proceso y posteriormente, dictaron un auto complementario resolviendo la detención preventiva en forma fundamentada conforme a ley; c) Que luego de la confesión de uno de ellos, los juzgadores se declararon incompetentes en razón al tiempo, por la vigencia y aplicación de la Ley 1970; y d) Que se han seguido las normas del debido proceso, sin que se haya transgredido ningún derecho fundamental de los detenidos, quienes están en esa situación por disposición del Juez Cautelar y ratificación de los jueces demandados, debiendo la autoridad competente disponer cualquier otra medida.