Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 599/2002-R
Fecha: 23-May-2002
REVOCA
y 93 de la Ley 1836, REVOCA la Resolución revisada, por ende, declara PROCEDENTE el Recurso, y corrigiendo procedimiento, dispone que en el día se remitan obrados así como a los detenidos ante la autoridad llamada por ley. En aplicación al art. 91.VI, se condena a las autoridades recurridas a la reparación de los daños y perjuicios, si los hubiera, los que deben ser calificados por el Tribunal del recurso.