SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 613/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 613/2002-R

Fecha: 27-May-2002

3.

3.   La Sentencia de 22 de marzo de 2002, cursante a fs. 43 vta. y 44 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Segunda  de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos  fundamentos: 1) “el recurrente no ha cumplido con la carga de la prueba procesal, que por analogía lo indica el art. 1283 del Código Civil, en este momento hay una palabra contra otra palabra y este Tribunal al ser de puro derecho no puede ingresar a aspectos de hecho, sino que tiene que basarse en documentación preconstituida al recurso o de documentación que como prueba se acompañe en la audiencia misma”; 2)  no se ha evidenciado acto y omisión indebida en que hubiere incurrido la parte recurrida “y no se ha acreditado haber agotado las instancias pertinentes para restablecer el derecho alegado”.

3)   Por carta  de 8 de marzo (fs. 38), el recurrente reclamó ante la Cooperativa “Florida” Ltda. la amenaza que habría vertido la Gerente General de esa institución de cortar el suministro de agua a su inmueble “como consecuencia de los justos y legales reclamos de su persona y su esposa”. Esta carta lleva el sello de “recibido” de 11 de marzo a horas 10:30, sin que se pueda identificar la firma allí plasmada.