Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 614/2002-R
Fecha: 24-May-2002
(fs. 6)
2. Que, atendiendo el informe del Jefe de Análisis Jurídico del Ministerio de Salud y Previsión Social en sentido de que el traslado de dicha farmacia había sido irregular, el recurrido Walter Fernández mediante carta “Cite 0122/2002” de 13 de diciembre de 2001 dejó sin efecto la citada Resolución y otorgó un plazo de 120 días al recurrente para que cumpla con la distancia de 40 mts. conforme dispone la norma prevista por el art. 56 del D.S. N° 25235 (fs. 6).