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    AUTO CONSTITUCIONAL Nº 265/2002-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL Nº 265/2002-CA

    Fecha: 05-Jun-2002

    POR TANTO:

    POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los  arts. 64-III y 31-4) concordante con el art. 33 inc. 2) de la Ley Nº 1836, APRUEBA  el RECHAZO contenido en la Resolución Nº 217/2002  de 15 de mayo de 2002,  pronunciado por el Juez Séptimo  de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz, Luis  Araoz  Torrez, cursante a fs. 80 del expediente.

    • CONSIDERANDO:
    • rechaza el incidente
    • cuando el Tribunal hubiere desestimado antes en el fondo un recurso de naturaleza y con objeto sustancialmente análogos.
    • declarados constitucionales los arts. 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar Nº 1760
    • POR TANTO:

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