AUTO CONSTITUCIONAL Nº 269/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 269/2002-CA

Fecha: 06-Jun-2002

POR TANTO:

POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los  arts. 64-III y 31-4) de la Ley Nº 1836, con los fundamentos expuestos en el considerando precedente, APRUEBA  el RECHAZO contenido en el Auto de Vista Nº 092 de 13 de mayo de 2002,  pronunciado por  el Presidente y Vocal de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, cursante a fs. 10 a 12 del expediente.

Asimismo se llama severamente la atención al Juez  de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de Sucre, Javier Salinas R. por no haber observado el procedimiento  del Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad establecido por el art. 62 de la Ley Nº 1836, debiendo remitirse el presente Auto Constitucional al Consejo de la Judicatura para su registro en el Escalafón Judicial.