AUTO CONSTITUCIONAL Nº 297/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 297/2002-CA

Fecha: 20-Jun-2002

declarados constitucionales los artículos 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar Nº 1760

Que, por Sentencias Constitucionales Nos. 035/00 de 9 de junio de 2000 y 077/2000 de 19 de octubre de 2000 fueron declarados constitucionales los artículos 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, normas impugnadas a través del presente recurso, lo que inviabiliza cualquier nueva revisión de las disposiciones legales impugnadas.