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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 645/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 645/2002-R

    Fecha: 05-Jun-2002

    2.

    2.   Por su parte la recurrida personalmente señala que no fue citada con nada  y que recién fue notificada con el Amparo, aclarando además de que es su única fuente de ingresos  y que su esposo  sólo es asalariado y finalmente que cuenta con la boleta de asignación  que le autoriza la venta de comida.

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