SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 646/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 646/2002-R

Fecha: 05-Jun-2002

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1)  la autoridad recurrida no tuvo participación, competencia ni atribución en el proceso de selección convocado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para el cargo reclamado, por lo que no tiene personería para ser demandada; b)  los responsables de los actos ilegales denunciados  son los de la Comisión  Final o Tribunal Calificador.