Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 655/2002-R
Fecha: 10-Jun-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7-8ª y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA, la Resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso, disponiendo que los vocales recurridos modifiquen la fianza real conforme al art. 241 de la Ley 1970 ó en su caso, la sustituyan por otras medidas sustitutivas incursas en el art. 240 de la Ley 1970.