SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 663/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 663/2002-R

Fecha: 07-Jun-2002

1.

1.   En la demanda presentada el 5 de abril de 2002 (fs. 18 y 19), el recurrente  manifiesta que por orden del Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social, se encuentra detenido desde septiembre de 2001, y que padece de una “hernia de abdomen gigante, de más de 50 cm.”, en mérito a lo cual, el Médico Forense recomendó, el 16 de noviembre de 2001, su internación  para completar el estudio y proceder a intervenirle quirúrgicamente, pero el Juez recurrido no ha  permitido su internación, pese a que presentó el certificado del Forense en  30 de noviembre del pasado año, lo que vulnera los derechos  consagrados en el art. 7-a) y h) de la Constitución.

      Aduce que, por otra parte, el Juez admitió la demanda en 1 de febrero de 1999 y a partir de ello recibió memoriales “sin que en los mismos exista la firma supuestamente del demandante”, notándose la falsificación en los escritos “a simple vista”, de lo que se concluye que ha sido  juzgado con un “demandante fantasma”.

      Relata que, de acuerdo a lo conversado entre su padre, su abogado y el Juez del proceso, el primero de los nombrados depositó  el 28 de noviembre, el cincuenta por ciento del monto señalado en sentencia, con el compromiso de pagar el remanente a plazos; no obstante, la autoridad judicial no ha ordenado su libertad, lo cual conlleva la  violación de su derecho a la libertad de locomoción.

1)   Dentro del proceso laboral iniciado por Modesto Coria Cuti en 27 de enero de 1999 (fs. 22), contra Eduardo Jaldín Peña, representante de la fábrica de mosaicos “Jaldín”, el 5 de enero de 2000 (fs. 36), se dictó sentencia, en la que se declaró probada la demanda, ordenando al demandado a pagar la suma de Bs. 37.708.-