Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 696/2002-R
Fecha: 14-Jun-2002
IMPROCEDENTE
Que, concluida la audiencia, el Tribunal del Recurso de acuerdo con el requerimiento fiscal dictó Sentencia declarando IMPROCEDENTE el Recurso fundamentando: 1) que los jueces tienen libre atribución para aplicar las medidas substitutivas previstas en el art. 240 del Código de Procedimiento Penal y si la recurrente pretende que se reduzcan puede pedir la reconsideración conforme al art. 250 del mismo Código y 2) que tratándose del derecho a la libertad, debió plantear un Hábeas Corpus.