Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 716/2002-R
Fecha: 17-Jun-2002
PROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 103 declara PROCEDENTE el Recurso, bajo el fundamento de que el paciente fue dado de alta del Hospital el 09 de mayo de 2002, sin embargo los funcionarios del Hospital le impidieron abandonar hasta que pague los dineros adeudados, lo que constituye un acto ilegal que vulnera los arts. 7-g y 9-I de la Constitución Política del Estado.