Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 780/2002-R
Fecha: 28-Jun-2002
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los fundamentos de que no existió detención indebida ni se conculcaron los derechos y garantías constitucionales del recurrente, quien no estuvo detenido de acuerdo a los informes proporcionados por funcionarios del Organismo Operativo de Tránsito.