AUTO CONSTITUCIONAL Nº 15/2002-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 15/2002-O

Fecha: 31-Jul-2002

POR TANTO:

POR TANTO: el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 49 de la Ley del  Tribunal Constitucional, ordena a la Sala Social y Administrativa, supervigilar el inmediato cumplimiento de la Sentencia Constitucional 415/1999-R, tanto por las partes como por las autoridades jurisdiccionales correspondientes; adoptando para ello todas las medidas necesarias y útiles.