AUTO CONSTITUCIONAL Nº 325/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 325/2002-CA

Fecha: 05-Jul-2002

POR TANTO:

POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los  arts. 64-III y 31-4) de la Ley Nº 1836,  APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 5 de junio  de 2002 pronunciada por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de  Santa Cruz, Guido  Salas   Guardia, cursante a fs. 7-8 del  expediente.

Se llama la atención al Juez remitente por no haber elevado  el memorial de solicitud de promover el incidente, la respuesta y la respectiva Resolución en originales, así como fotocopias legalizadas de los antecedentes así como por no haber observado el plazo establecido por el art. 62 de la Ley Nº 1836 respecto a la remisión en consulta de  la resolución de rechazo del Recurso.