SENTENCIA CONSTITUCIONAL 795/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 795/2002-R

Fecha: 08-Jul-2002

2.

2.   Que, ante el incumplimiento de dicho Auto Supremo, a solicitud de la parte civil, el recurrido amplió el Auto Inicial de Instrucción, el 24 de abril de 2002, por el delito previsto en el art. 179 bis del Código Penal, ordenando que los querellados presten su declaración indagatoria el 5 de junio de 2002 (fs. 3-4), a cuyo efecto se libró el mandamiento de comparendo correspondiente (fs. 5), con el cual el recurrente dice que su representado fue notificado el 3 de junio del presente año.