Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 800/2002-R
Fecha: 08-Jul-2002
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y los arts. 7-8ª y 102-V de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Resolución de 9 de mayo de 2002, de fs. 149 a 150, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, con la modificación de que declara nulos todos los actos del Comité Electoral recurrido.