Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 835/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
3.
3. Concluida la audiencia el Juez de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los siguientes fundamentos: a) el cuaderno de investigación significa la etapa preliminar y no existe proceso iniciado, puesto que la acusación ha sido recién planteada ante el Tribunal de Sentencia; b) los recurrentes no se encuentran detenidos.