Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 841/2002-R
Fecha: 19-Jul-2002
PROCEDENTE
3. La Resolución que sale a fs. 8-9 declara PROCEDENTE el Recurso y se dispone la libertad del recurrente, bajo los fundamentos siguientes: a) no existe mandamiento de detención en contra del recurrente, b) sin presentar informe, la Policía, lo ha detenido por más de 08 horas y c) el Fiscal, como Director de la investigación, no ha cumplido con sus funciones.