SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 852/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 852/2002-R

Fecha: 19-Jul-2002

IMPROCEDENTE

Que, concluida la audiencia, el Tribunal del Recurso de dictó Sentencia declarando IMPROCEDENTE el Amparo fundamentando: 1) que en cuanto a la solicitud de admisión, ésta se encuentra pendiente de resolver por la Asamblea, por lo que es de aplicación el art. 96-3) de la Ley Nº 1836;  2) que el corte de agua ha sido dispuesto porque el recurrente no pagó tres meses de consumo y 3) que por documento privado de 2 de junio de 2002, las partes en conflicto han dado solución a los hechos que motivaron el recurso, por lo que el cumplimiento de dicho documento debe hacerse valer en otra vía y no en el Amparo que no es sustitutivo de otros recursos.