El 19 de septiembre de 2000, cuando desempeñaba las funciones de Jefe de la División Económicos y Financieros de la Policía Técnica Judicial se produjo un supuesto robo de dineros a Elvira Canaviri de Aiza, quien sentó denuncia en la División Del
Fecha: 02-Ago-2002
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del Recurso planteado y los amplía manifestando: a) la Resolución que cuestionan se basa en otra signada con el Nº 233//2001 de 5 de diciembre de 2001, pronunciada por el Tribunal Disciplinario de la Policía Nacional dentro de un proceso realizado en la ciudad de Oruro en el que ellos mismos han realizado observaciones y han verificado que no existen pruebas; b) el art. 54-a) de la Ley Orgánica de la Policía Boliviana se refiere a un retiro permanente y no como lo ha definido el recurrido "retiro indefinido", puesto que de ninguna manera se puede retirar de forma indefinida a una persona que no tiene antecedentes; c) en el mes de marzo el recurrente estaba prestando servicios en Patrulla 110 de la Zona Sud y ha sido tan eficiente su desempeño que fue condecorado, lo que demuestra su buena conducta, responsabilidad, y capacidad.