Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1010/2002-R
Fecha: 20-Ago-2002
II.4.
II.4. El recurrido, mediante carta notariada de 22 de junio de 2002 dejada el 26 de junio (fecha en que fue citado con el presente recurso) en el departamento que ocupa la recurrente y con la que no se le notificó personalmente, le comunicó que se había procedido a cambiar la chapa, recordándole sobre los adeudos de alquileres y servicios (fs. 23 y vta.).