Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 73/2002
Fecha: 16-Ago-2002
III.6.
III.6. De acuerdo con los términos expuestos en el presente recurso la recurrente sostiene que las Resoluciones Municipales antes indicadas vulneran los arts. 7.d) y 22 CPE, ambos relativos al derecho de propiedad y a las garantías que se otorgan para su ejercicio y, en consecuencia, solicitan que sean declaradas inconstitucionales. Este recurso debió ser rechazado una vez que, si bien las resoluciones municipales tienen carácter normativo, en el presente caso, las normas contenidas en las resoluciones impugnadas no son aplicables en el proceso judicial concreto, circunstancia que no permite ingresar al fondo del recurso planteado.