Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 942/2002-R
Fecha: 05-Ago-2002
procedente
La Resolución de fs. 16 a 17 declara procedente el Recurso, con costas, disponiendo que los recurridos se abstengan de interferir la labor del Departamento Técnico de la Alcaldía Municipal para la remensura u otros en la propiedad privada de la recurrente, con el argumento de que la oposición de los colonos de las Comunidades Cachuela Mamoré y 26 de Marzo no tiene asidero legal, pues el Jefe Regional del Instituto Nacional de Reforma Agraria Riberalta señala en forma clara que la propiedad de la recurrente está exenta del saneamiento simple por encontrarse dentro del radio urbano y fuera de su jurisdicción.