AUTO CONSTITUCIONAL 423/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 423/2002-CA

Fecha: 13-Sep-2002

I.3.    Petición

Solicita se admita el presente recurso directo de nulidad y se declare fundado, determinándose la nulidad de todo el procedimiento que dio origen a la suspensión del ejercicio de su profesión de abogado y se disponga  la revocatoria de la injusta providencia dictada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tarija, así como la calificación de daños y perjuicios.