2. ENMENDAR
2. ENMENDAR de oficio la Sentencia Constitucional 76/2002 de 27 de agosto, en el título I ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA, acápite I.1.1 (fs. 357), en el cual en lugar de los nombres María Eugenia de la Merced Montaño Rico de Portocarrero y María Eugenia de Portocarrero, deberá figurar el nombre correcto de María Eugenia de la Merced Montaño Rico.
