Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1108/2002-R
Fecha: 12-Sep-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente expresa que se encuentra procesada y detenida por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal recurrido, por cuanto dispuso en contra suya auto inicial de la instrucción sin tener prueba preconstituida ni diligencias de Policía Judicial. Corresponde verificar si lo denunciado es cierto a efectos de otorgar la tutela demandada.