Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2002-R
Fecha: 18-Sep-2002
a)
Ante la ausencia de la parte recurrente, se procedió a dar lectura al informe de fs. 167 presentado por la autoridad recurrida en el que manifestó: a) dentro de la tramitación del proceso coactivo seguido por el Banco Económico S.A. contra la recurrente y otros, en 09 de octubre de 2000 se ha pronunciado sentencia y en ejecución de la misma se adjudicó el bien subastado a la institución ejecutante, b) la ejecución de sentencias no se suspende por ningún recurso y c) las resoluciones en ejecución de sentencia podrán ser apelables en el efecto devolutivo no siendo el Amparo sustitutivo de otros recursos.