Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1156/2002-R
Fecha: 23-Sep-2002
III.3.
III.3. Que, con la finalidad de precautelar el ámbito de aplicación de ambas garantías (18 y 19 CPE), amplia jurisprudencia de este Tribunal ha dejado establecido que se plantea equivocadamente un recurso de amparo alegando la vulneración del derecho a la libertad; por lo que no corresponde analizar el fondo de la problemática demandada por existir otro medio legal para la reparación del acto denunciado como ilegal; razón por la que no es viable otorgar la tutela demandada.