AUTO CONSTITUCIONAL 023/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 023/2003-CA

Fecha: 15-Ene-2003

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Felicidad Apaza Cossio y Esther Villarte de Lazo, manifestando que el Prefecto de Oruro no ha cumplido con la forma y contenido del recurso, pues no fundamenta la ley, decreto o resolución que cuestiona ni precisa la norma constitucional infringida, además de que frente a la negativa de cumplimiento de la resolución impugnada interpusieron recurso de amparo constitucional resuelto por Resolución 194, la que constituye  una resolución judicial, no teniendo competencia el Tribunal Constitucional para resolver sobre este recurso, de acuerdo con lo establecido por el art. 66 de la Ley 1836. Agregan  que el recurso tampoco fue interpuesto en su oportunidad, pues la resolución impugnada ya ha sido ejecutoriada al haber sido restituidas a sus cargos en cumplimiento de la resolución de amparo, por lo que solicitan el rechazo del incidente.