AUTO CONSTITUCIONAL 027/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 027/2003-CA

Fecha: 16-Ene-2003

rechaza el incidente

Juan Vega Gonzáles, Gerente Distrital de Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales,  por Resolución de 5 de diciembre de 2002, rechaza el incidente por ser manifiestamente infundado al considerar que no se ha alterado ningún código o reglamento y sólo se ha actuado dentro de la competencia reconocida por las Leyes 1340, 2166 y por el DS 25465; las resoluciones impugnadas hacen  relación de la legislación aplicada en el proceso de devolución impositiva, confirmándose a través de las mismas la correcta aplicación de los procesos de determinación establecidos por leyes especiales, además de que el recurso no determina de forma concreta la relación de las resoluciones impugnadas con los preceptos de la Constitución, incumpliendo el art. 60 LTC. Resolución que en cumplimiento del art. 62.1) LTC es elevada en consulta a este Tribunal.